Cuando una pareja con hijos menores de edad decide separarse o divorciarse, una de las cuestiones más relevantes que deben abordar es el establecimiento de las medidas paterno-filiales.
Estas medidas incluyen aspectos fundamentales como la guarda y custodia, el régimen de visitas, la pensión de alimentos y el ejercicio de la patria potestad. El objetivo es garantizar el bienestar de los hijos y asegurar que ambos progenitores continúen desempeñando un papel activo en su crianza.
En este artículo, vamos a explicarte cuáles son las estrategias más eficaces para acordar las mejores soluciones en beneficio de los menores, evitando conflictos innecesarios y facilitando acuerdos equilibrados entre ambas partes.
¿Qué son las medidas paterno-filiales y por qué son importantes?
Las medidas paterno-filiales son el conjunto de disposiciones que regulan la relación entre los progenitores y sus hijos tras una separación o divorcio. Estas medidas tienen como objetivo garantizar la estabilidad emocional, económica y social del menor, asegurando que ambos progenitores sigan ejerciendo sus responsabilidades parentales.
Entre las medidas paterno-filiales más importantes encontramos:
- Guarda y custodia: Determina con quién residirá habitualmente el menor y de qué manera se organizará su cuidado diario.
- Régimen de visitas: Regula la forma en la que el progenitor no custodio podrá relacionarse con el menor.
- Pensión de alimentos: Establece la cantidad que el progenitor no custodio debe abonar para cubrir las necesidades del hijo.
- Gastos extraordinarios: Son aquellos gastos no previstos en la pensión de alimentos, pero necesarios para el bienestar del menor.
- Ejercicio de la patria potestad: Asegura que ambos progenitores sigan tomando decisiones conjuntas sobre cuestiones relevantes en la vida del menor, como la educación, la salud o el lugar de residencia.
En España, estas medidas pueden establecerse de dos formas:
- De mutuo acuerdo: Los progenitores presentan un convenio regulador ante el juez, quien lo revisará y lo aprobará si considera que no vulnera los derechos del menor.
- Por vía contenciosa: Cuando no hay acuerdo, un juez determinará las medidas tras evaluar la situación de cada progenitor y el interés superior del menor.
Independientemente del procedimiento seguido, los jueces priorizan siempre el bienestar del niño, basándose en lo dispuesto en el Código Civil y en la doctrina del Tribunal Supremo, que ha reiterado que el interés del menor debe prevalecer sobre cualquier otro derecho o pretensión de los progenitores.
Guarda y custodia: ¿cómo decidir la mejor opción?
Uno de los puntos más importantes dentro de las medidas paterno-filiales es la guarda y custodia, es decir, con quién convivirá habitualmente el menor. Existen dos modalidades principales:
- Custodia monoparental: Un solo progenitor asume la custodia y el otro tiene derecho a un régimen de visitas.
- Custodia compartida: Ambos progenitores se reparten el tiempo de convivencia con el menor de forma equilibrada.
En los últimos años, la custodia compartida ha ganado terreno en los tribunales, ya que se considera que favorece la estabilidad emocional del niño y su vínculo con ambos progenitores. De hecho, el Tribunal Supremo ha señalado ya en varias sentencias que esta debe ser la opción preferente siempre que no haya razones que lo desaconsejen.
Estrategias para acordar la custodia
Para lograr un acuerdo sobre la custodia, es recomendable:
- Priorizar el interés del menor: No se trata de los derechos de los progenitores, sino del bienestar del niño.
- Ser flexibles: No todos los modelos de custodia compartida son iguales; es posible adaptarlos a las circunstancias de cada familia.
- Evitar la confrontación: La mediación familiar puede ayudar a encontrar soluciones consensuadas sin necesidad de acudir a juicio.
Régimen de visitas: cómo estructurarlo adecuadamente
Si la custodia es monoparental, es fundamental establecer un régimen de visitas que garantice el derecho del progenitor no custodio a mantener una relación estrecha con su hijo.
El régimen de visitas puede incluir:
- Visitas entre semana y fines de semana alternos.
- Períodos vacacionales compartidos.
- Comunicaciones telefónicas o videollamadas.
Una de las claves para que este régimen funcione es la cooperación entre los progenitores. Los conflictos constantes o el incumplimiento de los acuerdos pueden afectar negativamente al menor, por lo que se recomienda establecer mecanismos de comunicación fluidos y respetuosos.
En caso de desacuerdo, el juez podrá regular el régimen de visitas atendiendo a la edad del menor, la distancia entre los domicilios de los progenitores y otros factores relevantes.
Pensión de alimentos: cálculo y aspectos a considerar
La pensión de alimentos es una cantidad económica que el progenitor no custodio debe abonar para garantizar el sustento del menor. Su cuantía se calcula en función de los ingresos de ambos progenitores y las necesidades del niño.
Un aspecto importante a tener en cuenta es que el importe de la pensión de alimentos puede variar en función de la comunidad autónoma, ya que cada una puede tener sus propios criterios y tablas orientativas para determinar las cuantías. En general, los tribunales valoran aspectos como:
- Los ingresos y patrimonio de los progenitores.
- Los gastos ordinarios del menor (alimentación, vivienda, educación, salud).
- Si el niño tiene necesidades especiales que requieran un mayor aporte económico.
La pensión de alimentos no se extingue automáticamente cuando el hijo cumple la mayoría de edad, sino que se mantiene si sigue estudiando y depende económicamente de sus progenitores.
Para evitar conflictos futuros, es recomendable dejar claro en el acuerdo cómo se actualizará la pensión de acuerdo con el IPC u otros criterios objetivos.
Gastos extraordinarios: ¿quién los asume?
Además de la pensión de alimentos, existen los gastos extraordinarios, que son aquellos gastos imprevistos y necesarios que no están cubiertos por la pensión mensual. Se trata de gastos como:
- Tratamientos médicos no cubiertos por la Seguridad Social (ortodoncia, gafas, terapias).
- Actividades extracurriculares esenciales, como clases de apoyo o deporte federado.
- Gastos universitarios, si se considera que deben ser compartidos por ambos progenitores.
Estos gastos suelen repartirse entre los progenitores al 50%, salvo que el juez determine otra proporción en función de sus ingresos.
La patria potestad y su ejercicio tras la separación
La patria potestad se refiere a los derechos y deberes de los progenitores sobre la educación, salud y bienestar general de los hijos. Aunque la custodia pueda otorgarse a un solo progenitor, lo habitual es que la patria potestad siga siendo compartida, salvo en casos excepcionales donde el juez determine lo contrario.
En la práctica, esto significa que ambos progenitores deben tomar decisiones conjuntas sobre asuntos importantes, como:
- Elección del centro educativo.
- Atención médica y tratamientos.
- Cambio de residencia.
Para evitar malentendidos, es recomendable definir claramente en el convenio regulador cómo se resolverán las decisiones importantes y qué mecanismos se usarán en caso de desacuerdo.
La mediación familiar como alternativa al litigio
Uno de los mejores métodos para alcanzar acuerdos satisfactorios en las medidas paterno-filiales es la mediación familiar. Se trata de un procedimiento voluntario en el que un mediador neutral ayuda a los progenitores a encontrar soluciones que beneficien a todas las partes, especialmente a los hijos.
Las ventajas de la mediación son:
- Reducción del conflicto y el estrés.
- Mayor rapidez y menor coste que un juicio.
- Posibilidad de llegar a acuerdos personalizados.
Además, el uso de la mediación es cada vez más fomentado por los tribunales, ya que contribuye a mejorar la comunicación entre los progenitores y favorece un clima de cooperación en beneficio del menor.
En conclusión, acordar las medidas paterno-filiales tras una separación o divorcio no es una tarea sencilla, pero existen múltiples estrategias para lograr soluciones justas y equilibradas. La clave está en priorizar siempre el interés del menor, buscar acuerdos mediante el diálogo y, en caso de discrepancias, recurrir a la mediación antes de llegar a un litigio.