Impuesto de Sucesiones: ¿Cómo calcularlo y estrategias para reducirlo?

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que se aplica a la herencia recibida tras el fallecimiento de una persona. En España, su regulación principal se encuentra en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (LISD), aunque cada comunidad autónoma tiene competencias para establecer bonificaciones y reducciones que pueden afectar significativamente la carga fiscal.

En este artículo vamos a explicarte de manera detallada cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones y qué estrategias puedes utilizar para minimizar su impacto.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo que deben pagar los herederos de una persona fallecida por la transmisión de los bienes y derechos del causante. Este impuesto afecta tanto a los bienes materiales como a los derechos que se heredan, como propiedades, cuentas bancarias, acciones, derechos de autor, etc. La cuantía a pagar dependerá de varios factores, entre ellos:

  • El valor de los bienes heredados.
  • El grado de parentesco entre el fallecido y el heredero.
  • La base imponible, que es la cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo.

¿Cómo se calcula el Impuesto de Sucesiones en España?

El cálculo del Impuesto de Sucesiones depende de varios factores, como el valor de la herencia, el grado de parentesco con el fallecido, las reducciones aplicables y la tarifa progresiva establecida.

1. Determinación de la Base Imponible

La base imponible del impuesto se calcula sumando todos los bienes y derechos transmitidos al heredero, valorados según su valor real en el momento del fallecimiento, y restando las deudas y cargas del fallecido. Entre los elementos a considerar se encuentran:

  • Bienes inmuebles, cuyo valor suele determinarse por el valor de referencia del Catastro o el valor de mercado.
  • Cuentas bancarias y depósitos, computadas según el saldo existente en la fecha del fallecimiento.
  • Vehículos, cuyo valor se establece según tablas oficiales publicadas anualmente.
  • Seguros de vida, que tributan como parte de la herencia cuando el beneficiario es diferente del tomador.
  • Deudas deducibles, como hipotecas o préstamos pendientes de pagar.

A la base imponible se le pueden aplicar reducciones, según la legislación estatal y autonómica.

2. Aplicación de reducciones y bonificaciones

La LISD, en su artículo 20.2., establece una serie de reducciones en función del parentesco con el fallecido y la situación personal del heredero. Algunas de las más comunes son:

  • Reducción por parentesco: El grado de parentesco es uno de los aspectos más importantes a la hora de calcular el Impuesto de Sucesiones. Cuanto más cercano sea el vínculo, mayor será la reducción que el heredero puede aplicar:
    • Grupo I (descendientes menores de 21 años): hasta 47.859,59 euros.
    • Grupo II (descendientes mayores de 21 años, cónyuges y ascendientes): 15.956,87 euros.
    • Grupo III (hermanos, sobrinos y tíos): 7.993,46 euros.
    • Grupo IV (primos y extraños): sin reducción.
  • Reducción por discapacidad: Hasta 150.253,03 euros, según el grado de discapacidad reconocido.
  • Reducción por vivienda habitual: Si el heredero es un hijo o cónyuge y se queda con la vivienda habitual del fallecido, podrá aplicar una reducción considerable en la base imponible de la propiedad, lo que reduce el valor que se toma en cuenta para calcular el impuesto. Así, puede aplicarse una reducción de hasta el 95% de su valor con un límite de 122.606,47 euros.

Además, muchas comunidades autónomas establecen bonificaciones adicionales, que pueden llegar hasta el 99% en ciertos casos (por ejemplo, en Madrid, Andalucía o Murcia para cónyuges e hijos).

3. Aplicación de la tarifa y coeficientes multiplicadores

Tras aplicar las reducciones, se obtiene la base liquidable sobre la que se aplica la tarifa progresiva del impuesto. Según la normativa estatal, las tarifas oscilan entre un 7,65% y un 34%, dependiendo del valor heredado.

A este resultado se le aplica un coeficiente multiplicador según el grado de parentesco y el patrimonio preexistente del heredero, lo que puede aumentar significativamente la cuota a pagar.

Estrategias para reducir el impacto del Impuesto de Sucesiones

Existen varias estrategias legales para minimizar el impacto del Impuesto de Sucesiones. Algunas de las más utilizadas incluyen:

  • Realizar donaciones en vida: Una estrategia común es donar parte del patrimonio en vida, aprovechando las bonificaciones fiscales que existen para las donaciones entre familiares cercanos en muchas comunidades autónomas. Sin embargo, es importante calcular el Impuesto de Donaciones, ya que en algunas regiones puede ser más elevado que el de Sucesiones.
  • Contratar seguros de vida: Los seguros de vida pueden proporcionar capital adicional para pagar el impuesto, aunque su fiscalidad también depende de la comunidad autónoma.
  • Utilizar la figura del pacto sucesorio: En algunas comunidades como Galicia, Baleares o Cataluña, el pacto sucesorio permite la transmisión anticipada del patrimonio con un tratamiento fiscal mucho más favorable que el del Impuesto de Sucesiones.
    • Planificación testamentaria: Distribuir la herencia entre más herederos puede reducir la carga fiscal.
    • Aplicación de reducciones por empresa familiar o vivienda habitual: La empresa familiar puede beneficiarse de exenciones fiscales si se mantiene en el patrimonio durante un mínimo de años. Además, la vivienda habitual del fallecido puede beneficiarse de una reducción del 95% bajo ciertos requisitos.

El Impuesto de Sucesiones en Andalucía: Bonificaciones y beneficios fiscales

Andalucía ofrece una serie de bonificaciones que pueden reducir notablemente el Impuesto de Sucesiones:

Bonificación por grupo de parentesco

En Andalucía, la legislación permite una bonificación que varía dependiendo del grado de parentesco. Así, los descendientes directos como hijos, cónyuges o padres pueden beneficiarse de una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones. Esto significa que en muchos casos, los herederos directos pueden no tener que pagar nada por la herencia.

Para otros grupos, como sobrinos o amigos, la bonificación es considerablemente menor, y el tipo impositivo puede aumentar hasta el 34% en algunos casos.

Bonificación en la vivienda habitual

Además de la reducción por la vivienda habitual, los herederos que mantengan la propiedad de la casa durante un tiempo determinado (al menos 3 años) pueden beneficiarse de una bonificación adicional.

Bonificación por adquisición de empresa familiar

Si un heredero recibe una empresa familiar, puede obtener una bonificación del 99% sobre el Impuesto de Sucesiones, siempre y cuando mantenga la empresa en funcionamiento durante un período mínimo de 10 años tras la transmisión.

En conclusión, el Impuesto de Sucesiones puede suponer una carga fiscal significativa, pero con una correcta planificación es posible minimizar su impacto. Aplicar reducciones autonómicas, realizar donaciones en vida, contratar seguros de vida y utilizar herramientas legales como el pacto sucesorio son estrategias clave para optimizar la fiscalidad de la herencia.

En Andalucía las bonificaciones actuales permiten que muchos herederos queden prácticamente exentos del pago del impuesto, aunque es esencial revisar cada caso concreto y asegurarse de cumplir con los requisitos exigidos.